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La Audiencia de Sevilla absuelve a una enfermera de Alcalá tras el perdón de la víctima por consultar su historial clínico

La sanitaria se enfrentaba a una petición de cinco años de cárcel por un presunto delito continuado de revelación de secretos.

La Audiencia de Sevilla absuelve a una enfermera de Alcalá tras el perdón de la víctima por consultar su historial clínico

La sanitaria se enfrentaba a una petición de cinco años de cárcel por un presunto delito continuado de revelación de secretos.

La aplicación del artículo 201.3 del Código Penal extingue la acción penal tras aceptar la perjudicada las disculpas en la vista.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado sentencia absolutoria en favor de una enfermera del centro de salud ‘Don Paulino’, ubicado en Alcalá de Guadaíra, quien estaba acusada de acceder de manera indebida al historial clínico de la ex pareja de su actual marido.

La acusada, personal fijo del Área de Gestión Sanitaria Sur de Sevilla del Servicio Andaluz de Salud (SAS), se enfrentaba inicialmente a una pena de cinco años de prisión y diez años de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión. La Fiscalía le imputaba un delito continuado de descubrimiento y revelación de secretos, con el agravante de prevalerse de su condición de funcionaria pública.

Extinción de la causa en la vista oral

El procedimiento judicial ha dado un giro definitivo durante la sesión plenaria celebrada este martes. En el transcurso de la vista, la enfermera ha reconocido los hechos y ha manifestado públicamente su arrepentimiento, pidiendo perdón a la afectada. La víctima, también presente en la sala, ha aceptado de manera expresa las disculpas de la procesada.

Ante este escenario, el tribunal ha fundamentado la absolución en la estricta aplicación del artículo 201.3 del Código Penal, el cual determina que:

«El perdón del ofendido o de su representante legal, en su caso, extingue la acción penal» en este tipo de delitos.

Antecedentes del caso

Los hechos que originaron la denuncia se contextualizan entre el 28 de agosto de 2019 y el 18 de marzo de 2022. Según sostenía el escrito de acusación, la sanitaria se habría valido de sus credenciales de acceso autorizado al sistema informático del SAS para consultar la documentación médica de la víctima en hasta 80 ocasiones.

El Ministerio Público mantenía que dichos accesos se realizaron con el presunto «ánimo de vulnerar la intimidad ajena» para, posteriormente, trasladar la información confidencial sobre el estado de salud de la afectada a su cónyuge.

Tras el acuerdo de conciliación y el perdón explícito ratificado en sede judicial, el tribunal declara la total absolución de la trabajadora, dándose por concluido el proceso penal.

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