Alcalá inmobiliariaNoticias

CUANTO TE PUEDEN SUBIR EL ALQUILER PARA EL 2024

LO MÁXIMO QUE TE PUEDEN SUBIR EL ALQUILER EN 2024.

Dentro de ámbito de colaboración entre “Noticias de Alcalá” y  pisos y casas en inmobiliaria de alcala de guadaira , tu hogar de confianza” (clic en este enlace para ver las mejores ofertas inmobiliarias de Alcalá), para informaros y resolver dudas sobre el mercado inmobiliario y financiero, os decimos hoy hasta cuánto te pueden subir el alquiler.

Una de las nuevas medidas de la Ley de Vivienda, que entró en vigor el pasado 26 de mayo, es la limitación de la subida de los precios del alquiler, que antes determinaba la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y se actualizaba con el IPC.

En 2022 el Gobierno aprobó una serie de medidas para paliar los efectos de la guerra en Ucrania, que indirectamente afectó a los bolsillos de todas las familias españolas. Entre ellas, estableció una que causó bastante revuelo, especialmente entre los propietarios de viviendas alquiladas: la desvinculación temporal de las renovaciones de los alquileres del IPC.

Recordemos que hasta la fecha la renovación de los alquileres de viviendas se regía en función del IPC, según la LAU. Sin embargo, dado que el IPC alcanzó una media del 8,4% en 2022, el Gobierno decidió establecer esta medida, para dar un respiro a los bolsillos de los inquilinos españoles.

Así, desde abril de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2023 el precio de los contratos de alquiler se actualizará con el índice de Garantía de Competitividad (IGC), que está limitado a un máximo del 2%.

Lo que a priori era una medida temporal, se ha convertido en una de las que forman parte de la nueva Ley de Vivienda. Así, mientras que durante 2023 el incremento está limitado al 2%, a partir de 2024 se actualizarán a un máximo del 3%.

¿Cuánto podrán subirme el alquiler en 2024?

Después de todo lo que hemos expuesto, ya podemos analizar qué sucede si este año no nos han subido el precio del alquiler.  De acuerdo con la Disposición final sexta de la «Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, un inquilino con un contrato de alquiler regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos, durante 2024 «podrá negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta, con sujeción a las siguientes condiciones»

Estas dos condiciones son:

En el caso de que el casero sea un gran tenedor: el incremento de la renta será el que resulte del nuevo pacto entre las partes, sin que la variación anual de la renta pueda exceder del 3%. En ausencia de este nuevo pacto entre las partes, el incremento de la renta quedará sujeto a esta misma limitación.

En el caso de que el casero no sea un gran tenedor, la actualización del precio del alquiler será el que resulte del nuevo pacto entre las partes. En ausencia de este nuevo pacto entre las partes, el incremento de la renta a aplicar no podrá ser superior al 3%.

Es decir, a partir de 2024 el índice de actualización de renta será del 3%, por lo que si pagamos 1.000€ al mes, el propietario del inmueble podrá incrementar el precio del alquiler 30€ mensuales (360 euros al año) siempre y cuando no lleguemos a otro acuerdo entre casero e inquilino.

Fuente : fotocasa life

¿ Qué te ha parecido?
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0
Muestrame mas

José Luis Díaz

José Luis Díaz, comunicador y “marketeriano” he sido director de Antena 3, jefe de gabinete y Director general de comunicación y prensa. Me encanta la estrategia y la planificación comunicativa. Si, cuando escribo o hablo de algo, siempre opino, pero me encanta aprender. Mi cabeza corre.

Artículos relacionados

Un comentario

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Mira también
Cerrar
Botón volver arriba

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies