Seguridad Social informa: cómo afecta haber hecho la mili a la pensión de jubilación.

El servicio militar obligatorio, la conocida coloquialmente como “mili”,puede ayudarte a completar el cómputo que necesitas para obtener una jubilación anticipada. Ahora bien, la Seguridad Social aclara que no contribuye a sumar tiempo de cotización, si lo que pretendes es obtener una jubilación ordinaria.

El servicio militar obligatorio cuenta para el cálculo de la jubilación anticipada

Los ciudadanos que hicieron la mili antes de su extinción, en diciembre de 2001, pueden beneficiarse en caso de optar por una jubilación anticipada. Tanto si es voluntaria o involuntaria, el periodo del servicio militar computa como 1 año, como máximo, de tiempo de cotización efectivo. Además, también es válido para los que hicieron la prestación social sustitutoria.

Por otra parte, si el ciudadano tiene como mínimo 35 años cotizados, podrá jubilarse antes de la edad establecida. Siempre que haya cotizado 2 años en los últimos 15. De este forma, el cómputo del servicio militar, será válido si se anticipa en 2 años la edad legal de jubilación o 4, en el caso de tratarse de una jubilación involuntaria.

Ejemplo práctico para calcular la jubilación anticipada teniendo en cuenta la mili

Por ejemplo, una persona quiere jubilarse de forma anticipada, pero no llega a los 35 mínimos exigidos por la Seguridad Social. Le falta poco, porque solo tiene 34 años de cotización. En ese caso, el haber hecho el servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria, le añadiría un año más a lo que lleva cotizado, por lo que podría optar por la jubilación anticipada.

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