Si no llegases a la cantidad mínima de la pensión de jubilación será posible hacer uso del complemento a mínimos.

La Seguridad Social explica cómo será las pensiones para aquellos que han cotizado 15 años. Esta información es algo que muchos españoles se preguntan de cara al futuro, donde se pregunta cuánto le quedará de pensión, sobre todo aquellos próximos a la jubilación. De hecho, estos años son el mínimo para poder acceder a una pensión contributiva de jubilación (50% de la misma). Así lo indica la Seguridad Social a través de Twitter, el pasado 30 de noviembre.

Cuáles son los requisitos que la Seguridad Social pide para cobrar una pensión contributiva

Uno de los requisitos que se establecen para poder percibir una pensión contributiva, viene contemplado en la Ley General de la Seguridad Social(art. 205). En el mismo se indica lo siguiente: “Tener cubierto un período mínimo de cotización de quince años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. A efectos del cómputo de los años cotizados, no se tendrá en cuenta la parte proporcional correspondiente a las pagas extraordinarias”.

Si estás llegando al final de tu vida laboral o ya te has jubilado con tan solo 15 años cotizados, ten en cuenta que vas a cobrar el 50% de la base reguladora. No obstante, es posible que esta cantidad se complete con el complemento a mínimos, para llegar a la cuantía mínima de la pensión. En caso de que no se llegue a los 15 años de jubilación, solo tendrás acceso a la pensión no contributiva de jubilación del IMSERSO.

Cómo calcular la base reguladora

Un dato a tener en cuenta, es saber cómo calcular la base reguladora, donde hay que tener en cuenta los últimos 25 años. Para ello, hay que sumar la base de cotización de estos años y dividirlo entre 350. Dado que solo tenemos 15 años, es decir, 180 meses, estos son los que dividiremos entre los 350. En este aspecto, es posible rellenar periodos sin cotizar, ficticios, entre el 50 y el 100% de la base mínima, integrando lagunas. Esto último no es aplicable a autónomos y empleadas del hogar. No olvides aplicar los coeficientes por la inflación, excepto los 2 años últimos.

Si tienes dudas sobre dichos cálculos, puedes consultar los artículos 209 y 210 de la ley antes indicada. Si te ha parecido una noticia interesante para conocer cuál será tu pensión, recuerda que tienes más noticias relacionadas con prestaciones en la sección web de nuestra web de Andalucía.

Si tienes dudas sobre dichos cálculos, puedes consultar los artículos 209 y 210 de la ley antes indicada.

Fuente: Andalucia informa

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